martes, febrero 26, 2008

�Porqu� el riesgo pa�s de la Argentina es mucho m�s alto que el de Brasil y M�jico?


Informe Especial N� 386 (Versi�n PDF)
.
�PORQU� EL RIESGO PA�S DE LA ARGENTINA ES MUCHO M�S ALTO QUE EL DE BRASIL Y M�JICO?

Por Mario Brodersohn


La Argentina duplica el ritmo de crecimiento econ�mico de Brasil y M�jico, tambi�n proyecta para el 2008 un super�vit fiscal despu�s de pagar los intereses de la deuda publica del 1,3% del PBI, mientras Brasil proyecta un d�ficit fiscal del 1.5% y M�jico del 0.1%. Adem�s, la Argentina estima para el 2008 un super�vit en la cuenta corriente del Balance de Pagos del 3.2% del PBI, mientras Brasil proyecta un d�ficit del 0.4% y M�jico del 1.4% del PBI. La desventaja de Argentina es una tasa de inflaci�n m�s elevada.Tomando en cuenta todos estos indicadores deber�amos esperar para la Argentina un riesgo pa�s, por lo menos, similar al de Brasil. Sin embargo, ello no es as�. �Por qu� la Argentina, con proyecciones econ�micas m�s s�lidas que las de Brasil y M�jico, tiene un riesgo pa�s mucho m�s alto que el de estos dos pa�ses?

Etiquetas:

martes, febrero 12, 2008

La coparticipaci�n federal de impuestos: La gran asignatura aun pendiente

por Alieto Aldo Guadagni
(economista invitado)


1) EL PACTO FISCAL PENDIENTE

Hace tiempo que se viene hablando de la necesidad de acordar un pacto social, concepto interesante y que admite varias interpretaciones seg�n nos indica la experiencia internacional y nuestra propia historia. Pero poco se habla y mucho menos se discute sobre el gran �pacto fiscal� aun pendiente que significa cumplir con lo dispuesto por nuestra Constituci�n Nacional, que en su articulo 75 establece que corresponde al Congreso Nacional aprobar una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Naci�n y las provincias, que asegure �a las provincias la automaticidad en las remesas de los impuestos coparticipados�. Adem�s, la Constituci�n indica que �sta distribuci�n deber� ser equitativa, solidaria y procurar la �igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional�. Cumplir este preciso mandato constitucional exige un gran esfuerzo de concertaci�n, es decir un acuerdo fundacional que involucre a todas las provincias y a la Naci�n; no exageramos si decimos que este acuerdo fiscal es la �madre de todos los pactos sociales o pol�ticos� que se pueden plantear en nuestro pa�s.

2) FEDERALES Y UNITARIOS. CONFLICTO POR LAS RENTAS FISCALES

La disputa por la apropiaci�n de las rentas fiscales, particularmente las generadas por la aduana de Buenos Aires, es una de las claves para entender los enfrentamientos entre federales y unitarios previos a la Organizaci�n Nacional de la segunda mitad del siglo XIX.

La coparticipaci�n federal de los impuestos nacionales entre la Naci�n y las Provincias reci�n se estableci� en 1935 despu�s que la Naci�n creara nuevos impuestos directos como el entonces denominado impuesto a los r�ditos. Este r�gimen fue sometido a revisi�n en distintos momentos; en 1973 se aprueba la Ley 20.221 que unifica los diversos sistemas vigentes y se establece para la distribuci�n entre provincias un m�todo expl�cito, basado en el principio de posibilitar la igualdad de trato �en cuanto a la provisi�n de servicios provinciales� de todos los habitantes del pa�s.

Durante el trienio de la administraci�n justicialista de la Naci�n (1973/75) se incrementa la coparticipaci�n autom�tica a favor de las provincias, alcanzando durante 1975 al 52,4 por ciento de la recaudaci�n total de impuestos nacionales. En los a�os del Proceso instalado en 1976 se reduce fuertemente esta participaci�n provincial que hacia 1982 se ubica en apenas el 32 por ciento. Como la entonces vigente ley de coparticipaci�n caduc� a fines de 1984, el pa�s careci� de una ley especifica durante el trienio 1985/1987; a fines de 1987 Antonio Cafiero es electo gobernador de Buenos Aires e inmediatamente encara negociaciones con el Presidente Alfonsin a fin de aprobar una nueva ley, es as� como en enero de 1988 se sanciona la Ley 23.548, de car�cter transitorio ya que su vigencia estuvo limitada a tres a�os. Esta ley estableci� que del total de recursos nacionales recaudados el 42,34% ser�a retenido por el gobierno nacional y el 57,66% ir�a a las provincias (56,66 por ciento de manera autom�tica y uno por ciento como aportes del Tesoro). Este nivel de coparticipaci�n provincial hab�a sido el reclamado por las provincias gobernadas por el justicialismo en 1986 y constituye el m�ximo valor hist�rico.

La Constituci�n Nacional de 1994 estableci� en su articulo 75 que corresponde al Congreso Nacional aprobar una ley que asegure a las provincias �la automaticidad en las remesas de los impuestos coparticipados�, la Constituci�n es clara ya que establece que la distribuci�n entre la Naci�n y las provincias �...contemplar� criterios objetivos de reparto; ser� equitativa, solidaria y dar� prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional�. Este importante mandato constitucional est� aun incumplido y as� se puede explicar la actual concentraci�n de los recursos en manos del Tesoro Nacional en desmedro de la totalidad de las provincias. Destaquemos que hoy se transfiere autom�ticamente a favor de las provincias apenas el 27% de la recaudaci�n nacional, o sea el valor mas bajo de los �ltimos cincuenta a�os.

Si bien es cierto que la Naci�n realiza transferencias adicionales de fondos a las provincias, estas no est�n sujetas a normas objetivas que determinen cual debe ser esta distribuci�n. No existen reglas, sino decisiones discrecionales que debilitan seriamente la autonom�a pol�tica de los gobiernos provinciales. Por esta raz�n en la reciente campa�a electoral por la gobernaci�n de Buenos Aires se sosten�a que �la Provincia necesita un Gobernador y no un delegado del Poder Ejecutivo Nacional�. Sin un adecuado r�gimen de coparticipaci�n autom�tica de fondos a favor de las provincias el federalismo se convierte en una ficci�n ut�pica, por la clara dependencia de los gobiernos provinciales de la Casa Rosada.

3) LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; LA GRAN PERJUDICADA.

Esta exagerada concentraci�n unitaria de la recaudaci�n tributaria perjudica obviamente a todas las provincias, pero particularmente a Buenos Aires que ha sido tradicionalmente percibida como una provincia �rica�. Recordemos las evidencias se�aladas por Alejandro Bunge en su obra �La nueva Argentina� para darnos cuenta de la abrumadora diferencia entre Buenos Aires y el resto de las provincias hacia fines de la d�cada del 30. Pero desde entonces la realidad se ha modificado negativamente para Buenos Aires, que hoy aloja en el conurbano 10 millones de habitantes con dram�ticos cuadros de miseria y marginaci�n social. Esta provincia alberga casi el 40 por ciento de la poblaci�n y de la pobreza total del pa�s, registra elevados �ndices de inseguridad y de carencia de servicios b�sicos como agua potable y cloacas; adem�s aporta m�s del 35 por ciento del PBI nacional. Sin embargo, apenas recibe el 20 por ciento de los menguados fondos coparticipados; la inequidad que perjudica a Buenos Aires es evidente cuando se observa que la coparticipaci�n per capita de los bonaerenses es apenas la mitad de la coparticipaci�n per capita de Santa F� y C�rdoba � la cuarta parte del promedio correspondiente al resto de las provincias. Esta notoria desigualdad obliga a Buenos Aires a maximizar su presi�n tributaria; los bonaerenses pagan impuestos provinciales para cubrir casi la mitad del presupuesto de su provincia, mientras que el promedio del resto de las provincias indica una contribuci�n de apenas el 15 por ciento a sus gastos propios.

4) SEGURIDAD Y COPARTICIPACI�N

Lo que significa la ausencia de una equitativa coparticipaci�n se puede ilustrar con un ejemplo. Si el lector es bonaerense seguramente estar� seriamente preocupado por la inseguridad reinante en Buenos Aires, ya sea en el conurbano o en el interior. La verdad es que Buenos Aires no tiene adecuada protecci�n policial, apenas un polic�a cada 640 hect�reas de territorio o algo mas de 3 polic�as cada 1000 habitantes. Se�alemos que la ciudad de Buenos Aires cuenta con 5 polic�as cada 1000 habitantes, es decir casi 60 por ciento m�s, (esta comparaci�n es valida tambi�n para las cifras promedio del resto de las provincias). Qu� tiene que ver esto con la inequidad en la distribuci�n de los fondos federales? En la provincia de Buenos Aires vive casi el 40 por ciento de la poblaci�n total del pa�s, sin embargo apenas cuenta con algo m�s del 20 por ciento del total de efectivos policiales del pa�s afectados a la protecci�n territorial. No es ninguna coincidencia casual que esta menguada participaci�n en los efectivos policiales sea pr�cticamente la misma que la participaci�n de Buenos Aires en la coparticipaci�n. Por esta raz�n debemos ser realistas y reconocer que el d�ficit de seguridad bonaerense dif�cilmente ser� superado sin un adecuado r�gimen de distribuci�n autom�tica de recursos fiscales.

5) HACIA UNA NUEVA LEY DE COPARTICIPACI�N FEDERAL DE IMPUESTOS.

Es evidente que el pa�s necesita urgentemente una ley de coparticipaci�n federal de impuestos, que promueva la igualdad de oportunidades entre todos los argentinos, incentive los esfuerzos de las provincias por preservar su propio capital humano y tambi�n estimule su propio esfuerzo movilizando equitativamente la capacidad tributaria. Esta nueva ley convenio entre la Naci�n y las Provincias, siguiendo el mandato de la Constituci�n, deber�a contemplar cuatro criterios b�sicos para definir los coeficientes aplicables a la distribuci�n de la coparticipaci�n entre las provincias y la ciudad Aut�noma de Buenos Aires: (1) aporte provincial a la recaudaci�n tributaria nacional, (2) nivel de pobreza imperante en la provincia, (3) esfuerzo provincial para mejorar los �ndices educativos, sanitarios y de inclusi�n social, (4) progresos efectivos en el esfuerzo local por el autofinanciamiento presupuestario. Desde ya que estos cuatro criterios deber�an aplicarse �nicamente a los fondos incrementales futuros de la recaudaci�n nacional de impuestos, de manera tal que el nuevo r�gimen no implique disminuciones en los ingresos de ninguna provincia. En cuanto a la magnitud de la distribuci�n primaria entre Naci�n y Provincias, el nivel deber�a estar de acorde con las cifras vigentes en el pasado cuando rigieron leyes de coparticipaci�n autom�tica de fondos que buscaron fortalecer el federalismo y la efectiva autonom�a financiera de las provincias.

La asunci�n de la nueva Presidenta Cristina Fern�ndez de Kirchner abre un nuevo espacio a la oportunidad de cumplir de una vez por todas con el mandato aun pendiente del articulo 75 de la Constituci�n. Se�alemos que en la tradici�n de Mitre, Sarmiento e Irigoyen y m�s recientemente de Ra�l Alfonsin, asumi� la Presidencia de la Nacion por el voto de la ciudadan�a alguien que hab�a sido previamente honrado por la provincia de Buenos Aires con un cargo ejecutivo o legislativo. El pa�s necesita urgentemente una ley de coparticipaci�n federal de impuestos, que promueva la igualdad de oportunidades entre todos los argentinos, incentive los esfuerzos de las provincias por cuidar su capital humano (salud y educaci�n) y tambi�n estimule su propio esfuerzo tributario. No nos olvidemos que nuestra Constituci�n expresa �La Naci�n Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal�.

Etiquetas: